lunes, 24 de agosto de 2009

viernes, 14 de agosto de 2009

Declaración Comunidad de Historiadores Mapuche

Desde lo más profundo de nuestro corazón expresamos nuestra pena e ira ante el cobarde asesinato de nuestro peñi JAIME FACUNDO MENDOZA COLLIO, por parte de Carabineros de Chile. Institución que, junto al propio Estado y clase política chilena, ha quedado históricamente impune ante la muerte, tortura y permanente vulneración de derechos humanos de personas mapuche.

Observamos con estupor cómo carabineros ha asesinado impunemente a Alex Lemun y Matías Catrileo, este último también muerto cobardemente por la espalda durante un legítimo proceso de recuperación territorial. Existe impunidad cuando se reprime a mansalva y el resultado termina con más de un centenar de heridos a perdigones, personas fracturadas por el uso de fuerza desmedida, niños traumatizados por los continuos allanamientos a sus casas en las comunidades. Sin contar con la cantidad indeterminada de montajes policiales, que van desde la manipulación de evidencias, testigos encubiertos, robo de madera, por nombrar algunas de las muchas irregularidades de las cuales han sido participe carabineros, en complicidad con el Ministerio Público y el Ministerio del Interior, avaladas con las querellas que ha interpuesto el Estado, principalmente la intendencia e invocando a las leyes de Seguridad Interior del Estado y Antiterrorista.
El proceso de recuperación territorial del cual participaba nuestro peñi MENDOZA COLLIO, es expresión del legítimo derecho a recuperar el territorio que históricamente fue nuestro hasta la Invasión del Estado Chileno. Derecho que le cabe a cualquier persona mapuche. Su asesinato es un acto repugnante de amedrentamiento, expresión del Terrorismo de Estado.
A esta altura resulta una farsa la actitud de quienes criticaron (o dicen haber criticado) el Terrorismo de Estado y hoy lo aplican para profundizar el despojo, el saqueo y el colonialismo. Sindicamos a Bachelet y su gobierno como los principales responsables de lo ocurrido, por haber permitido que se prolongue el genocidio hacia nuestro pueblo y no haber atendido a la naturaleza de nuestras reivindicaciones, favoreciendo, por otro lado, el despliegue y las acciones sin contrapeso de los agentes del modelo Neoliberal que nos mantiene oprimidos. Bachelet pasará a la historia como la presidenta mujer que dejo en la impunidad los asesinatos de nuestros weichafe. Perez Yoma como un fascista, que al igual que su padre, cree que los problemas sociales se solucionan matando a las personas o entregando migajas mediante políticas y programas indigenistas. Y Rosende, fiel representante de una derecha que hoy se esconde al interior de la concertación. Qué hablar de las autoridades regionales, ante su nula capacidad de sentarse con las comunidades para dialogar, sin duda guiados por sus ineptos asesores en materia indígena. Un punto a parte nos merece Egaña y su carácter de Alto Comisionado, pues solo figurará en la historia como una pobre maniobra distractiva de propaganda en los medios de comunicación y el escenario internacional.
Ahora la historia mapuche no la escriben los perros falderos Concertacionistas, hoy en cada comunidad se están levantando pu weupife pu inakefe, retomando nuestros relatos, reconstruyendo nuestra historia de autonomía y libredeterminación. Aquella que el colonialismo truncó y que por más represión y clientelismo multicultural, volveremos a reconstruir. Ya no es privilegio de la Academia Universitaria el relato de nuestro pasado. Sin embargo agradecemos a todas las personas, a los historiadores y cientistas sociales chilenos que han demostrado su solidaridad con nuestro pueblo y un compromiso con la verdad histórica.
No pasamos por alto el hecho que cada vez que uno de los nuestros ha sido asesinado por agentes del estado, la clase política chilena (concertación y derecha principalmente), junto a los mandos policiales se hacen parte de un silencio cómplice y complacido de los grupos económicos. Toman posición para justificar la represión, la violencia y la muerte contra nuestro pueblo, traduciéndose en la implementación de iniciativas políticas distractivas e inoficiosas como la creación de la figura del Comisionado Presidencial inmediatamente posterior al asesinato de Matías Catrileo. En este sentido entendemos el reciente anuncio del gobierno de Bachelet de enviar a la región una Comisión Especial compuesta por el mismo Comisionado Presidencial y la Ministra de Planificación, entre otros.
Estos datos de nuestra historia reciente nos obligan lograr una coordinación mínima en torno a un plan de acción común como pueblo, donde la movilización social como mecanismo de presión para avanzar hacia la conquista de nuestros derechos colectivos sea la base de un necesario acuerdo.
Saludamos y respaldamos a todos aquellos peñi y lamngen que continúan en la lucha, que le dan mayor sentido al sacrificio de nuestros mártires. Del mismo modo nos hacemos parte de la pena que sufre hoy la familia de nuestro peñi JAIME FACUNDO MENDOZA COLLIO.

Comunidad de Historiadores Mapuche

Wajmapu, Nación Mapuche

Pablo Mariman Quemenado

José Millalen Paillal

Rodrigo Levil Chicahual

Héctor Nahuelpan Moreno

Sergio Caniuqueo Huircapan

Declaración Colegio Antropólogos por el asesinato de Facundo Mendoza Collío por parte de Carabineros de Chile

El naturalista polaco, Ignacio Domeyko, en el siglo XIX planteó que no quisiera ver llegar el día en que la Araucanía se poblara de grandes latifundios que hubiesen de ser custodiados por fuerzas militares. La muerte del joven mapuche Fabián Mendoza Collío a manos de la fuerza policial hace patente dolorosamente tanto para el pueblo mapuche como para la sociedad chilena la creciente militarización de ese territorio, tornándose real la pesadilla de Domeyko.

Las autoridades chilenas intentan silenciar mediante el uso la fuerza física y simbólica la exigencia que un pueblo hace a fin de ser escuchado. La violencia, tan propia de la dominación, encarna el olvido en que el Estado incurre respecto de la usurpación de las tierras ancestrales y de la exclusión permanente de los pueblos originarios, evidenciando su incapacidad para entender la profundidad y complejidad de las heridas que se les han infringido.

El lenguaje políticamente correcto con que la autoridad encara la situación busca sólo complacer a la opinión pública internacional y convencer a la ciudadanía acerca del cumplimiento de las obligaciones contraídas con los tratados y convenciones internacionales relativas a los derechos humanos de los pueblos originarios. Este lenguaje integra nuevos conceptos sin realmente darles la forma democrática que ellos requieren, al mismo tiempo que se expropia al pueblo mapuche de sus formas de organización, de su acceso al territorio y del genuino reconocimiento a su autonomía.

La autoridad, no obstante las cuidadas expresiones de sus vocerías, inculpa, criminaliza y estigmatiza al pueblo mapuche, presentándole como la fuente y causa de las acciones violentistas, profundizando el racismo, la discriminación y su exclusión. Tal estigmatización no pretende sino la asimilación de la sociedad mapuche a un proyecto nacional y político, donde los pueblos se ven reducidos a meros objetos decorativos del país sin darles el pleno derecho a la realización de sus propios proyectos, potencialidades y sueños.

El tono utilizado por la autoridad encubre la acción unilateral de intereses económicos y políticos que favorecen la expoliación de los recursos de la naturaleza que existen en ese territorio, intereses que operan al amparo de la fuerza policial y de una legislación precaria en cuanto al resguardo de los intereses sustantivos de las personas y comunidades.

La sociedad chilena se ampara en la violencia sin asumir su responsabilidad para encarar las heridas no resueltas. Las autoridades y el sector empresarial, especialmente, deben entender que tales heridas no se resuelven mediante dádivas, leyes de seguridad interior del Estado o programas bien intencionados. No se trata de buenos vecinos sino de ocupaciones ilegales tanto policiales como económicas que merecen ser resueltas antes de establecer el diálogo al que se dice se aspira. El obrar de otro modo es encubrir la historia que explica la situación que hoy viven las sociedades mapuche y chilena.

El dilema a que nos enfrentamos como sociedad no es por o contra la violencia sino a asumir o no la existencia del pueblo mapuche en la plenitud de sus derechos y autonomía, reconociéndole y aceptando sus autoridades y cultura, haciéndole parte efectiva de un país multicultural. La muerte de otro joven en el territorio mapuche nos priva de esta oportunidad, dejando abierta la herida.


Debbie E. Guerra Maldonado
Presidenta
Colegio de Antropólogos de Chile A.G.



Valdivia, 13 de agosto de 2009.

domingo, 5 de julio de 2009

viernes, 3 de julio de 2009

ESTATUTO Y REGLAMENTO

ANTROPOLOGÍA

Universidad de Tarapacá



La Antropología, es una ciencia social, y por tal, los estudiantes, y en especial en sus asambleas, se regirá con principios de tolerancia, respeto, y diversidad.


También se aspira dentro de la carrera estudiantes que sean conscientes de la realidad de su entorno, carrera, universidad, ciudad y patrimonio, en donde se velará por el bienestar de éstos, e intentará ser un ente de cambio dentro de la sociedad.



PROPUESTA DE ESTATUTO Y REGLAMENTO PARA LA CARRERA DE ANTROPOLOGÍA, UTA.


  1. De la asamblea.

    • Se entiende por asamblea a la autoridad consultiva y resolutiva máxima, donde se tocan asuntos competentes al ámbito de la carrera y la universidad.
    • La duración de la asamblea debe ser de un máximo de dos horas.
    • La asamblea debe estar formada sólo por estudiantes de pregrado de la carrera de antropología.
    • Tienen derecho a voz y voto sólo los estudiantes de pregrado de la carrera de antropología, dicho derecho debe ser presencial.
    • Para la realización de la asamblea debe existir un Quórum de un mínimo de un 25%. Del total del alumnado.
    • Las puertas de la asamblea serán cerradas después de media hora, de la hora estimada al inicio de esta.
    • Para la realización de la asamblea deben presentarse 4 integrantes del CEC.
    • Tiempo máximo de intervención en la asamblea es de 2 minutos.
    • En cada asamblea debe haber un moderador(a), rotativo, que será una persona no perteneciente al CEC.
    • Cada asamblea quedará registrada por el secretario(a) de acta

Cada asamblea será dirigida por un moderador(a), el cual será elegido por consenso en cada ocasión, privilegiándose la rotación en la función.


  1. De la citación a asamblea.

· Mensualmente se realizara una asamblea ordinaria, la que se deberá llevar a cabo durante la primera semana de cada mes.

· Previo a la realización de cada asamblea se deberá confeccionar obligatoriamente la tabla de la misma. Esto por parte del secretari@ de actas del CEC, el cual deberá incluir las propuestas consensuadas de los delegados, así como de cualquier compañero que lo solicite por escrito y con el aval de las firmas de un 20% del universo de alumn@s. Sin prejuicio de lo anterior, si quedara disponible tiempo al final de cada citación, se podrán plantear nuevos puntos de manera consensuada por los asistentes a dicha asamblea.

· Se podrán efectuar asambleas extraordinarias a petición de cualquier delegad@ de nivel. Además se podrá solicitar lo mismo por parte de cualquier compañer@, presentando la propuesta de tabla respectiva avalada por la firma de la mitad del total del alumnado.

· Las fechas y horas de cada asamblea deberán ser publicadas y difundidas con un plazo de al menos tres días de antelación.


  1. Del CEC.

    • Organismo elegido democráticamente, encargado de conducir, representar y gestionar las decisiones de la asamblea.
    • Frente al funcionamiento de la FEUT, serán 5 los representantes del CEC
    • Frente a la carrera, funcionarán 6 cargos

· Definición de cargos:

Los cargos son básicamente protocolares, no siendo necesariamente fijos, salvo los relacionados con finanzas y el representante ante consejo carrera. Al respecto los integrantes del consejo elegirán de común acuerdo dos de sus miembros para ser propuestos como secretarios de finanzas, debiendo ser ratificados por votación de la asamblea.

§ Director(a)

§ Secretari@ de acta

§ Dos secretari@s finanzas

§ Secretari@ de comunicación, propaganda, difusión y enlace con la comunidad.

§ Enlace con la FEUT

§ Representante ante consejo de carrera


Sin prejuicio de lo anterior se crearán comisiones externas a los consejer@s, cada vez que se haga necesario.

· Cada nivel y especialidad elegirá un delegad@ que formara el

Consejo.

· Los delegad@s son revocables por la asamblea.

· Durante el año 2008, y con el fin de completar el total de miembros (6) el primer y segundo año tendrá dos delegad@s.


  1. De los delegad@s:

· El delegad@ es el nexo entre el curso/nivel y el consejo, encargad@ de velar por la solución a las temáticas internas de cada nivel.

· Es miembro constituyente del CEC y como tal asume las funciones respectivas dentro de la orgánica del estamento.


  1. De las comisiones:

· De ser necesario se conformaran comisiones para la realización de tareas o análisis de puntos concretos, los cuales no podrán superponerse a las responsabilidades del CEC.

· Para la conformación de una comisión esta deberá ser aprobada por la asamblea.

· Los miembros de cada comisión serán elegidos por votación directa a mano alzada en la misma fecha en que se aprueba la constitución de la misma.

· Los miembros de la comisión son responsables de sus acciones ante la asamblea.

· La comisión deberá trabajar coordinadamente con el CEC, el cual deberá colaborar íntegramente con las mismas.


  1. Elecciones:

· Los delegad@s se eligen en asambleas de curso nivel, por votación a mano alzada, las cuales deberán tener un quórum mínimo de la mitad mas uno y ser con antelación debidamente publicitada su realización.

· Los cargos del CEC serán consensuados por los componentes del mismo, debiendo ser ratificados en la asamblea por votación a mano alzada entre los asistentes a la asamblea en que se conforme el consejo.


  1. Votaciones:

· Las votaciones en general se realizarán entre los asistentes a cada asamblea, mediante votación a mano alzada, un compañer@ = un voto.

· Las votaciones se harán de acuerdo a los quórums establecidos en cada caso particular.


  1. Revocabilidad:

· Todo cargo en general, en tanto representante de la asamblea esta sujeto a revocabilidad.

· Para revocar un cargo debe ser presentada una solicitud fundada apoyada por firmas de un tercio del total de alumn@s, ya sea respectivamente a nivel de curso como de carrera. Esta solicitud debe ser presentada en asamblea junto con sus fundamentos. A continuación la asamblea fijará una fecha para la realización de una nueva asamblea para la votación de la revocabilidad, esta nueva fecha no deberá exceder del plazo de una semana corrida desde la presentación inicial.

· El quórum necesario para realizar la votación será de la mitad mas uno del universo total.

· En caso de revocarse un delegad@ a nivel de curso, se deberá informar a la próxima asamblea del hecho, junto con la presentación de el(a) reemplazante.



lunes, 29 de junio de 2009

Legitimidad del golpe de Estado de Honduras???

Los opositores del gobierno de Manuel Zelaya, vale decir autoridades del ejército Hondureño y los del Congreso, aseguran enérgicamente que el llamado a plebiscito que se efectuaría en la mañana del 28 de Junio era ilegal, antidemocrático, impulsador del deterioro de la unidad del país e inconstitucional.
Revisando la nueva Constitución de Honduras de 1982, (nueva, porque el 82 salieron de un segundo golpe de Estado que también había intervenido el gobierno de un presidente democráticamente electo y cuando salieron del poder lo homólogos de Pinochet, estos cambiaron la constitución para segurar su futura reaparición como vemos hoy.) se puede dar cuenta de lo siguiente:

ARTICULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.
La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria.(...)

ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. el pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.
ARTICULO 4.- La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa.(...)
La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria.
La infracción de esta norma constituye delito de traición a la Patria.

ARTICULO 37.- Son derechos del ciudadano: 1. Elegir y ser electo;
ARTICULO 40.- Son deberes del ciudadano: 3. Ejercer el sufragio;
ARTICULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde: 4. Por coartar la libertad de sufragio, adulterar documentos electorales o emplear medios fraudulentos para burlar la voluntad popular;
5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República;
ARTICULO 45.- Se declara punible todo acto por el cual se prohíba o limite la participación del ciudadano en la vida política del país.

ARTICULO 374.- No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior (art. 373), el presente artículo, los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente.

Los artículos 4, 373 y 374 fueron modificados en 1982 por los congresistas pro golpistas de manera de dejar siempre presente la posibilidad de reingresar la derecha y las clases poderosas por sobre la libertad de elección del pueblo, o en este caso el poder de consulta del pueblo.
Es legítima la alternabilidad en el poder pero también es legítimo consultar la pueblo su grado de aprobación o desaprobación con respecto a la reelección presidencial, más que mal "la realidad debe representar a las leyes, no las leyes a al realidad".
Por otro lado el congreso hondureño, representada la propuesta por Micheletti, el 8 de Junio de este año aprobó la ley especial de plebiscito y referéndum previendo la consulta nacional propuesta por Zelaya. La ley especial (muy especial) de plebiscito y referendum mantiene el ejercicio soberano del pueblo a expresarse sobre aspectos y reformas constitucionales, legislativos y administrativos SALVO EL ARTÍCULO 374 DE LA CONSTITUCIÓN HONDUREÑA, los asuntos relacionados con cuestiones tributarias, crédito público, amnistías, moneda nacional, presupuesto, tratados y convenciones internacionales y conquistas sociales(publicado en el diaro hondureño El Heraldo).
Todos corren a no asegurar la presuntamente posible reelección de Zelaya, pero tanto movimiento se deberá a a un miedo de que el pueblo si tiene el poder de elegir, eligirá ¿contra la Constitución? Pero los periódicos pro-golpistas aseguran que el pueblo clamaba la destitución de Zelaya y lo repudiaba en su decisión de llevar a cabo las cuartas urnas y claro, también está que Zelaya estaba amigui con los del ALBA y el pueblo no quería saber nada del ALBA. Y si era tan obvio ¿por qué temerle a la decisión del pueblo y no dejarlo llevar a cabo la votación?... una de las excusas era evitar el manoseo de las urnas por parte de Zelaya... seguramente tiene más poder que la derecha que manipula las fuerzas armadas, las mismas que retiraron las urnas en nombre de la democracia y otra vez... amparados bajo las faldas de una constitución manoseada.

martes, 23 de junio de 2009

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